Aprobado el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley de Marcas

El pasado 20 de julio se aprobó Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley que modificará la Ley de Marcas 17/2001 adaptándola a la Directiva 2015/2436 de la UE. 

La norma introduce novedades materiales y procedimentales para armonizar aún más los sistemas de marcas nacionales de los Estados Miembros.

Entre las novedades más destacadas se encuentran:

  • La supresión del requisito de representación gráfica. Se abre, por tanto, la puerta de acceso al registro de otro tipo de marcas como las marcas olfativas, marcas gustativas o incluso los hologramas, hasta ahora inexistentes en España.
  • Se refuerza la protección de las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas por vía de las prohibiciones absolutas.
  • Desaparece el concepto de marca notoria en favor de la renombrada, es decir aquella que es conocida por el público en general.
  • Se introduce la necesidad de probar el uso de una marca en oposición. Este cambio entra en vigor en enero del 2019 e implica que se deberá demostrar el uso de las marcas bases de una oposición, que estén incursas en esta obligación. de no demostrarse dicho uso, la oposición se desestima
  • Las declaraciones de nulidad y caducidad de marcas pasan a ser competencia de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), dejando la vía judicial para controversias de mayor calado económico.
  • Se establece la posibilidad de prohibir el uso de una marca e impedir que se introduzcan en el país mercancías que lleven sin autorización una marca idéntica a la registrada, como refuerzo a la lucha contra la piratería.

Más información aquí y aquí