Nuestra firma ha vuelto a cosechar un éxito judicial. Esta vez a favor de KUMON INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE ESPAÑA, S.A.
Mediante la estimación del recurso de apelación formulado en nombre de KUMON, la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia declaró que una ex franquiciada había incumplido el contrato de franquicia:
a) Por abrir un negocio similar al que constituía la franquicia contratada mientras estaba vigente la relación.
La Sala igualmente acogiendo las pretensiones de KUMON, consideró que la actuación de la ex franquiciada había generado daños y perjuicios a KUMON.
La sentencia dictada el 10 de julio de 2017 devino firme y ha supuesto un importante respaldo al modelo de franquicia de KUMON, pues entre otras cuestiones la Sala consideró acreditada la individualidad y particularidad del método de KUMON (que constituye el know-how de la franquicia) y sin perjuicio de ciertos matices la validez de las cláusulas de no competencia contractual y post-contractual insertadas en el contrato, cuya nulidad había sido propugnada por la ex franquiciada.