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SE RENUEVAN LAS REGLAS PARA LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA EN LA UE

El pasado 1 de mayo de 2026 ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de la UE que regula los acuerdos de licencia de tecnología (Reglamento (UE) 2026/877), que viene a renovar el régimen legal que tenemos vigente en esta materia desde 2014.

En esta ocasión, el cambio legislativo es menos radical que el vivido doce años atrás, cuando el legislador europeo cambió por completo el enfoque en esta materia y vertebró su regulación desde una perspectiva más economista, basada en umbrales de cuota de mercado y menos contractual (clasificación de cláusulas).

Más que una reforma legal se trata de una actualización de la normativa anterior a los nuevos tiempos. El ámbito objetivo y subjetivo sigue siendo el mismo, pero ahora se aclara que aplica también a acuerdos sobre datos (e.g. licencias de datos con fines de producción), a los consorcios tecnológicos (“technology pools”) y a los grupos de negociación de licencias («GNL»), en los que se negocian conjuntamente las condiciones de las licencias por varios potenciales licenciatarios.

Hay otros cambios tendentes a clarificar y facilitar la aplicación normativa que se reflejan las nuevas directrices, que ahora incorporan cuestiones relacionadas con  patentes esenciales para estándares (SEP); obligaciones FRAND, referencias a los mecanismos de negociación y a la resolución de disputas.

Los acuerdos que ya estaban en vigor tienen hasta el 30 de abril de 2027 para adaptarse al nuevo Reglamento.

Nota de prensa UE en español: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_26_809

Ignacio Temiño

Abogado