¡Atención Empresas! Notificaciones telemáticas de demandas

A partir del 20 de marzo (de 2024) una empresa podrá recibir notificaciones de demandas interpuestas contra ella (ser emplazada) por medios telemáticos.

¿Está preparado?

Esta es una más de las medidas con la que se pretende agilizar nuestro sistema judicial, tras la aprobación del RD 6/2023. Esta medida rompe con un tradicionalismo asentado en nuestro sistema de emplazamientos (notificaciones) judiciales, que exigía practicarlos en persona a través de funcionarios de la Administración de Justicia la mayoría de las veces.

Desde hoy 20 de marzo, los emplazamientos podrán hacerse a través de medios telemáticos como la Dirección Electrónica Habilitada Única  (DEHú), gestionada por el Gobierno Central, o de los sistemas equivalentes de las diferentes Comunidades Autónomas.

Este cambio puede traer desagradables sorpresas para el administrado si no está atento, ya que puede verse sorprendido con una declaración de rebeldía si no revisa y configura correctamente los “buzones” en los que esté dado de alta (o le convenga darse de alta). Tampoco es descartable que puedan producirse situaciones de inseguridad jurídica ante la pluralidad  de opciones telemáticas que a la fecha existen.

Por ello, debemos recomendarle que:

En este último caso, esa teórica descarga de trabajo de la Administración de Justicia podría tornar en un primer momento en un aluvión de incidentes de nulidad de actuaciones derivados de notificaciones practicadas incurriendo en vicios (con la consiguiente vulneración de derechos). En todo caso, quien suscribe confía (como no puede ser de otro modo) en que esta modernización y agilización de la Justicia no se anteponga a los derechos y libertades de los Justiciables y desea que junto a éstas también vengan otras, como la ansiada dotación de mayores y mejores medios para que la muy delicada y muy sensible labor de administrar Justicia pueda desarrollarse con todas las garantías para los ciudadanos.

 

Fernando Ortega

Abogado